La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los padres sobre sus hijos menores no emancipados. En Costa Rica, está regulada principalmente por el Código de Familia y la Constitución Política.
¿Qué es la patria potestad?
Es la institución jurídica que reconoce a los padres como los principales responsables de sus hijos. No se trata de un derecho sobre el hijo, sino de una función oriented a proteger su bienestar integral.
Contenido de la patria potestad
Derechos de los padres
– Decide sobre la educación de los hijos
– Determina el lugar de residencia
– Autoriza decisiones médicas
– Representa legalmente al menor
– Administrar bienes del hijo
Obligaciones de los padres
– Proveer alimentos (pensión alimenticia)
– Brindar educación y cuidado
– Velar por su salud
– Proteger sus derechos
– Educar en valores
Patria potestad vs. Custodia: ¿Cuál es la diferencia?
Es una confusión común. La diferencia fundamental:
– Patria potestad: Derecho-deber de los padres de tomar decisiones importantes sobre la vida del hijo (escuela, salud, religión). Sigue existiendo aunque los padres vivan separados.
– Custodia: Quien tiene la guarda física del hijo día a día. Puede ser compartida o monoparental.
Un padre puede perder la custodia pero mantener la patria potestad (y sus obligaciones).
¿Puede suspenderse o privarse la patria potestad?
Sí. Los tribunales pueden suspender o privar la patria potestad cuando:
– Se comprueba negligencia grave en el cuidado del hijo
– Existe violencia doméstica o maltrato
– Se abandonó al menor
– El padre/madre fue condenado por delitos contra la vida o integridad del otro progenitor
Patria potestad compartida
En Costa Rica, tras un divorcio o separación, la regla es que ambos padres mantienen la patria potestad. Esto significa que las decisiones importantes (escuela, salud, religión) deben tomarse de común acuerdo.
La custodia física puede estar con un solo progenitor, pero la patria potestad sigue siendo compartida.
Diferencia entre suspensión y pérdida
– Suspensión: Medida temporal. Puede rehabilitarse cuando cesan las causas.
– Privación: Medida definitiva. Solo en casos graves de maltrato o negligencia.
Bienes del menor bajo patria potestad
Los padres que administran bienes de sus hijos menores deben:
– Usarlos exclusivamente en beneficio del hijo
– No enajenarlos sin autorización judicial (cuando superen cierto valor)
– Llevar cuenta y razón de su administración
– Informar al tribunal cuando sea requerido
¿Qué hacer si el otro padre no le permite ejercer la patria potestad?
Cuando un progenitor dificulta ilícitamente el ejercicio de la patria potestad del otro, puede presentarse una demanda ante el Tribunal de Familia para que se reconozcan y garanticen sus derechos.
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